Tiempo máximo de trabajo en España (2026)

Última revisión: 9 de octubre de 2026

En breve: La jornada ordinaria es de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual y de 9 horas al día, salvo que un convenio disponga otra cosa. Debe haber 12 horas entre jornadas y día y medio de descanso semanal.

NormaQué se aplica
Tiempo máximo medio de trabajo semanalTrabajadores (adultos) en empleo general⚠ Por verificar
Tiempo máximo de trabajo diarioTrabajadores (adultos) en empleo general9 horas de trabajo efectivo ordinario al día, salvo que un convenio colectivo o un acuerdo entre la empresa y los trabajadores fije otra distribución diaria. [1]
Descanso diario mínimoTrabajadores (adultos) en empleo general12 horas [1]
Descanso semanal mínimoTrabajadores (adultos) en empleo generalUn descanso semanal mínimo de día y medio, ininterrumpido, que puede acumularse por periodos de hasta 14 días. [1]
Semana laboral normal a tiempo completoTrabajadores (adultos) en empleo generalLa jornada ordinaria máxima de trabajo es de 40 horas de trabajo efectivo a la semana de promedio en cómputo anual. [1]
Exclusión voluntaria individual del máximo semanalTrabajadores (adultos) en empleo general⚠ Por verificar

Notas

  • El Estatuto de los Trabajadores fija la jornada ordinaria (40 horas de promedio en cómputo anual) y limita las horas extraordinarias por separado. No se leyó en los artículos consultados un tiempo semanal medio máximo que incluya las horas extraordinarias.
  • El límite de 9 horas se aplica al trabajo ordinario. Los trabajadores menores de 18 años no pueden trabajar más de 8 horas al día (artículo 34(3)).
  • Los trabajadores menores de 18 años tienen normas distintas en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Los trabajadores menores de 18 años tienen derecho a dos días ininterrumpidos. El descanso abarca por lo general la tarde del sábado o la mañana del lunes y todo el domingo.
  • Las 40 horas son la jornada ordinaria máxima, como promedio anual. Los convenios colectivos o los contratos fijan la jornada real dentro de este límite.
  • Ninguna fuente consultada indica si existe una exclusión voluntaria individual del límite semanal.

Fuentes

  1. Boletín Oficial del Estado: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.