Importación de carne y lácteos en España (2026)

Última revisión: 9 de octubre de 2026

En breve: La carne y los lácteos pueden transportarse entre Estados de la UE. Desde terceros países están prohibidos, con las excepciones del reglamento de la UE.

NormaQué se aplica
Carne y lácteos procedentes de Estados de la UEViaje personalPermitido [1]
Carne y lácteos procedentes de países no pertenecientes a la UEViaje personalNo permitido como importación personal [1]
Carne y lácteos procedentes de Gran BretañaViaje personal⚠ Por verificar
Franquicia de leche infantil y alimentos médicosViaje personal2 kg [1]
Franquicia de pescado procedente de países no pertenecientes a la UEViaje personal20 kg [1]
Orígenes con normas más flexiblesViaje personal⚠ Por verificar

Notas

  • Los brotes locales de enfermedades animales pueden traer restricciones adicionales.
  • Las fuentes oficiales discrepan. La página de la Agencia Tributaria incluye a Gran Bretaña entre los orígenes exentos de las restricciones, mientras que el cartel para viajeros de la Comisión dice que las llegadas desde Inglaterra, Gales y Escocia están sujetas a los controles veterinarios normales.
  • El pescado debe estar eviscerado, o preparado o transformado. El límite es de 20 kg o el peso de un pez, el que sea mayor.

Fuentes

  1. Agencia Estatal de Administración Tributaria (Agencia Tributaria): Alimentos de origen animal (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.