Cinturones de seguridad y sillas infantiles en España (2026)
Última revisión: 9 de octubre de 2026
En breve: El cinturón de seguridad es obligatorio. Los menores de 135 cm o menos deben usar un sistema de retención infantil homologado e ir en los asientos traseros, con tres excepciones.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanterosTurismos | Sí [1] |
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traserosTurismos | Sí [1] |
| Sistema de retención infantil obligatorio hastaTurismos | Los menores de 135 cm o menos de estatura deben usar un sistema de retención infantil homologado adecuado a su talla y peso. [1] |
| Menores en el asiento delanteroTurismos | En vehículos de hasta nueve plazas, los niños de 135 cm o menos deben ir en los asientos traseros. El asiento delantero solo se permite si el vehículo no tiene asientos traseros, todos los asientos traseros están ocupados por esos niños, o no pueden instalarse todos los sistemas de retención atrás. [1] |
| Silla infantil a contramarcha en el asiento delantero con airbag activoTurismos | No [1] |
Notas
- La obligación no se aplica en vehículos que no tengan cinturones de seguridad instalados.
Fuentes
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE): Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación (artículo 117) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.