Naturalización por residencia en España (2026)
Última revisión: 9 de octubre de 2026
En breve: La naturalización por residencia exige en general diez años de residencia, con plazos más cortos para algunos grupos. También exige las pruebas DELE A2 y CCSE y una declaración de renuncia a la nacionalidad anterior, con excepciones.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Años de residencia exigidosNaturalización ordinaria por residencia | 10 años [1] |
| Periodos de residencia reducidosNaturalización ordinaria por residencia | Cinco años para refugiados. Dos años para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y para judíos sefardíes. Un año en otros casos, como el nacimiento en España o un año de matrimonio con un ciudadano español. [1] |
| Nivel de idioma exigidoNaturalización ordinaria por residencia | A2 (MCER) [2] |
| Prueba de integración o de conocimientos cívicosNaturalización ordinaria por residencia | Sí [2] |
| Renuncia a la nacionalidad anteriorNaturalización ordinaria por residencia | Se exige, con excepciones [1] |
Notas
- El artículo 22 del Código Civil establece varios plazos más cortos para grupos específicos.
- Las personas que ya poseen un DELE de al menos A2 y los nacionales de los países hispanohablantes enumerados están exentos del examen de idioma.
- La prueba CCSE evalúa el conocimiento de la Constitución, la historia, la cultura y la sociedad. Se prevén adaptaciones razonables para las personas con discapacidad.
- El requisito de renuncia no se aplica a los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, ni a los judíos sefardíes originarios de España.
Fuentes
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado: Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado: Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.