Límites de alcohol al volante en México (2026)
Última revisión: 30 de octubre de 2026
En breve: En las carreteras federales de México el límite es de 0,8 g/l de alcohol en sangre (0,08 %) para conductores particulares y de 0,3 g/l para conductores de transporte federal de carga y de transporte privado. El incumplimiento conlleva multa, retirada del vehículo y remisión al Ministerio Público federal. Las demás vías se rigen por normas estatales y locales que no se muestran aquí.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Límite más bajo para conductores noveles o jóvenesConducir después de beber alcohol; Carreteras y puentes federales | ⚠ Por verificar |
| Controles aleatorios de alcoholemia sin sospecha previaConducir después de beber alcohol; Carreteras y puentes federales | ⚠ Por verificar |
| Sanciones máximasConducir después de beber alcohol | ⚠ Por verificar |
| Límite de alcohol en sangre para conductores ordinariosConducir después de beber alcohol | 0,05 % de alcohol en sangre [1] |
| Límite para conductores profesionales o comercialesConducir después de beber alcohol | Ninguna concentración de alcohol, ni en aire espirado ni en sangre, para vehículos que transporten pasajeros o carga. [1] |
Notas
- Esta norma se aplica únicamente en carreteras y puentes federales. Los estados y los municipios regulan las demás vías.
- La ley general federal fija estos límites como medidas mínimas de tránsito que los estados y municipios deben incluir en sus normas (artículo 49). Motociclistas: está prohibido más de 0,1 mg/L en aire espirado o 0,02 g/dL en sangre. La cifra mostrada es 0,05 g/dL expresada como 0,05 %. Este es el texto de la versión consolidada con la última reforma del 29 de diciembre de 2023.
Fuentes
- Orden Jurídico Nacional (Secretaría de Gobernación), copy of the federal law: Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (DOF 17-05-2022; texto vigente, última reforma DOF 29-12-2023) (consultada 30 de octubre de 2026) · todas las fuentes
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.