Límites de velocidad para automóviles en Distrito de Columbia (2026)

Última revisión: 9 de octubre de 2026

En breve: La velocidad máxima legal en todas las calles y carreteras del Distrito es de 20 mph salvo que el alcalde designe otro límite, y de 15 mph en callejones. Las zonas escolares tienen un límite de 15 mph entre las 6:00 y las 19:00 salvo que las señales indiquen otra cosa. Las multas por infracciones de circulación en zonas de obras se duplican.

NormaQué se aplica
Zonas urbanasTurismo en vías públicas20 mph salvo que se designe otro límite [1]
Fuera de zonas urbanas (calzada única)Turismo en vías públicas20 mph en todas las calles y carreteras salvo que el alcalde designe otro límite (sin cifra distinta según el tipo de vía) [1]
Fuera de zonas urbanas (autovía o vía rápida)Turismo en vías públicas20 mph en todas las calles y carreteras salvo que el alcalde designe otro límite (sin cifra distinta según el tipo de vía) [1]
AutopistasTurismo en vías públicas20 mph en todas las calles y carreteras salvo que el alcalde designe otro límite (sin cifra distinta según el tipo de vía) [1]
Zonas escolaresTurismo en vías públicas15 mph en zonas escolares entre las 6:00 y las 19:00, salvo que las señales oficiales indiquen otra cosa. [1]
Calles residencialesTurismo en vías públicas20 mph en todas las calles y carreteras salvo que el alcalde designe otro límite (sin cifra residencial distinta); 15 mph en callejones. [1]
Zonas de obras vialesTurismo en vías públicasLas multas civiles por infracciones de circulación en una zona de obras se duplican; en un caso penal, la multa sube una categoría. Las señales a la entrada de la zona deben advertirlo. [2]

Notas

  • El alcalde puede fijar otros límites conforme al § 2200.2 tras una investigación técnica y de tráfico; entran en vigor cuando se instalan las señales. El límite en callejones es de 15 mph (§ 2200.7).
  • En las vías junto a un patio de recreo, una instalación recreativa, un centro sanitario, una piscina, un campo deportivo o un centro para mayores, se aplican 15 mph en los horarios indicados en las señales oficiales (§ 2200.9).

Fuentes

  1. District of Columbia Office of Documents and Administrative Issuances (DCRegs): 18-2200 SPEED RESTRICTIONS (18 DCMR Chapter 22) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
  2. Council of the District of Columbia (D.C. Law Library): D.C. Code § 50–2201.04c Motor vehicle moving infractions in work zones; signage required (consultada 10 de octubre de 2026) · todas las fuentes

Distrito de Columbia y los estados vecinos

EstadoZonas urbanasFuera de zonas urbanas (calzada única)Fuera de zonas urbanas (autovía o vía rápida)Autopistas
Distrito de Columbia
20 mph (por defecto)
20 mph (por defecto)
20 mph (por defecto)
20 mph (por defecto)
Maryland
30 mph (35 divididas residencial)
50 mph
55 mph
Máximo 70 mph
Virginia
25 mph; 35 mph en el resto de poblaciones
55 mph
55 mph; 60 mph donde esté señalizado
55 mph; 70 mph donde esté señalizado

Más normas en Distrito de Columbia

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.