Estancias cortas y la regla de 90/180 días en Polonia (2026)

Última revisión: 30 de octubre de 2026

En breve: Los visitantes exentos de visado pueden permanecer hasta 90 días en cualquier período de 180 días. Los documentos de viaje deben ser válidos durante tres meses después de la salida. Los nacionales de países no pertenecientes a la UE se registran en el Sistema de Entrada/Salida, que sustituye a los sellos del pasaporte.

NormaQué se aplica
Duración máxima de una estancia cortaVisita corta como turista o visitanteHasta 90 días en cualquier período de 180 días en el espacio Schengen, contando los 180 días anteriores a cada día de estancia. [1]
Visado o autorización de viaje para la entradaVisita corta como turista o visitantevalue.visa-free [2]
Requisito de pasaporte o documento de viajeVisita corta como turista o visitanteSe exige un documento de viaje válido durante al menos tres meses después de la salida prevista y expedido en los 10 años anteriores, salvo emergencia justificada (artículo 6(1)(a) del Código de fronteras Schengen). [1]
Registro en el Sistema de Entradas y Salidas (EES)Visita corta como turista o visitanteEl Sistema de Entrada/Salida (EES) funciona en los 71 pasos fronterizos por carretera, ferrocarril, aire y mar de Polonia (10 de abril de 2026). Solo abarca a los nacionales de países no pertenecientes a la UE y sustituye la comprobación manual de los sellos del pasaporte por un contador automático de estancia y controles biométricos (huellas dactilares, imagen facial). [3]

Notas

  • Se aplica a los nacionales de los terceros países enumerados en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806, entre los que figuran Australia y Estados Unidos. El Reino Unido se añadió mediante una modificación posterior que no se leyó. Los nacionales de otros países necesitan visado.

Fuentes

  1. Publications Office of the European Union (Cellar): Regulation (EU) 2016/399 of the European Parliament and of the Council on a Union Code on the rules governing the movement of persons across borders (Schengen Borders Code), as published in OJ L 77, 23.3.2016 (consultada 30 de octubre de 2026) · todas las fuentes
  2. Publications Office of the European Union (Cellar): Regulation (EU) 2018/1806 of the European Parliament and of the Council listing the third countries whose nationals must be in possession of visas when crossing the external borders and those whose nationals are exempt from that requirement, as published in OJ L 303, 28.11.2018 (consultada 30 de octubre de 2026) · todas las fuentes
  3. Ministerstwo Spraw Wewnętrznych i Administracji: Polskie granice pod kontrolą - system Entry/Exit działa na wszystkich przejściach granicznych w Polsce (consultada 30 de octubre de 2026) · todas las fuentes

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.