Educación en casa en Polonia (2026)

Última revisión: 30 de octubre de 2026

En breve: Polonia exige educación hasta los 18 años, y el deber escolar comienza en el año en que el menor cumple 7. Los progenitores solo pueden educar a un menor fuera del centro escolar con la autorización del director del centro en el que está matriculado. El menor debe realizar exámenes anuales de clasificación en ese centro.

NormaQué se aplica
Situación jurídica de la educación en casaMenores en edad de escolarización obligatoriaPermitida con autorización previa [1]
Naturaleza del deber de los progenitoresMenores en edad de escolarización obligatoriaDeber de asistir a la escuela o de estar matriculado en ella [1]
Aprobación o notificación necesariaMenores en edad de escolarización obligatoriaLos progenitores presentan la solicitud al director del centro escolar en el que ha sido admitido el menor. El director decide mediante resolución administrativa. La solicitud debe incluir una declaración de los progenitores de que el menor tendrá las condiciones para seguir el currículo básico de esa etapa y el compromiso de que el menor realizará exámenes anuales de clasificación cada curso escolar (no se exigen para menores con certificado de discapacidad intelectual moderada o grave). Los exámenes abarcan una parte del currículo básico acordada con el director y los realiza ese centro; no se otorga calificación de conducta. La autorización se retira a petición de los progenitores, si el menor no se presenta a los exámenes anuales o los suspende sin justificación, o si se concedió infringiendo la ley. [1]
Edad de escolarización obligatoriaMenores en edad de escolarización obligatoriaLa educación es obligatoria hasta los 18 años. El deber escolar comienza al inicio del curso escolar del año natural en que el menor cumple 7 años y dura hasta completar la primaria, pero no más allá de los 18 años. Un menor que cumple 6 años en ese año debe completar un año de preparación preescolar y puede comenzar la primaria a los 6 años a petición de los progenitores. [1]

Notas

  • El director del centro escolar en el que está matriculado el menor puede, a petición de los progenitores, autorizar que el menor cumpla el deber escolar fuera del centro.
  • El menor puede recurrir al apoyo del centro (clases, libros de texto, consultas) conforme al art. 37 ust. 7. El mismo procedimiento abarca la preparación preescolar, el deber escolar y el deber de estudiar hasta los 18 años.
  • El art. 35 ust. 2 del texto consolidado lleva una nota según la cual su redacción solo se aplica hasta que surta efecto una modificación posterior; esa modificación no se identificó ni se leyó.

Fuentes

  1. Marszałek Sejmu Rzeczypospolitej Polskiej (Dziennik Ustaw, via ELI): Obwieszczenie Marszałka Sejmu Rzeczypospolitej Polskiej z dnia 12 czerwca 2026 r. w sprawie ogłoszenia jednolitego tekstu ustawy - Prawo oświatowe (Dz. U. 2026 poz. 820) (consultada 30 de octubre de 2026) · todas las fuentes

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.