Estancias cortas y la regla de 90/180 días en Rumanía (2026)
Última revisión: 31 de octubre de 2026
En breve: Rumanía aplica las normas Schengen de la UE: hasta 90 días en cualquier período de 180 días, un documento de viaje válido tres meses después de la salida y sin visado para los nacionales de los países enumerados en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806. Las entradas y salidas se registran en el Sistema de Entrada/Salida.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Duración máxima de una estancia cortaVisita corta como turista o visitante | Hasta 90 días en cualquier período de 180 días en el espacio Schengen, contando los 180 días anteriores a cada día de estancia. [1] |
| Visado o autorización de viaje para la entradaVisita corta como turista o visitante | value.visa-free [2] |
| Requisito de pasaporte o documento de viajeVisita corta como turista o visitante | Se exige un documento de viaje válido durante al menos tres meses después de la salida prevista y expedido en los 10 años anteriores, salvo emergencia justificada (artículo 6(1)(a) del Código de fronteras Schengen). [1] |
| Registro en el Sistema de Entradas y Salidas (EES)Visita corta como turista o visitante | El Sistema de Entrada/Salida (EES) registra electrónicamente la entrada, la salida y las denegaciones de entrada de los nacionales de países no pertenecientes a la UE en estancias cortas, con imagen facial, huellas dactilares, datos del documento de viaje y fecha y lugar del cruce. Comenzó de forma progresiva el 12 de octubre de 2025 y fue plenamente operativo el 10 de abril de 2026, cuando sustituyó al sellado de los pasaportes. [3] |
Notas
- Normas de la UE, que se aplican en Rumanía como Estado Schengen (la Comisión anunció la plena adhesión a partir del 1 de enero de 2025). No es una norma nacional rumana.
- Se aplica a los nacionales de los terceros países enumerados en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806; los nacionales de otros países necesitan visado. Texto del reglamento tal como se publicó en el Diario Oficial; no se comprobaron las modificaciones posteriores.
Fuentes
- European Parliament and Council: Regulation (EU) 2016/399 on a Union Code on the rules governing the movement of persons across borders (Schengen Borders Code), as originally published (consultada 31 de octubre de 2026) · todas las fuentes
- European Parliament and Council: Regulation (EU) 2018/1806 listing the third countries whose nationals must be in possession of visas when crossing the external borders and those whose nationals are exempt (consultada 31 de octubre de 2026) · todas las fuentes
- European Commission, Migration and Home Affairs: Entry/Exit System (EES) (consultada 31 de octubre de 2026) · todas las fuentes
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.