Uso del teléfono móvil al conducir en Puebla (2026)
Última revisión: 9 de octubre de 2026
En breve: El reglamento de tránsito de 2025 de Puebla prohíbe manipular con la mano teléfonos móviles y otros dispositivos mientras se conduce. La ley estatal de movilidad exige prohibir hablar, leer o enviar mensajes de texto en cualquier dispositivo, salvo con manos libres mediante un soporte que no tape la vista. La multa es de 10 a 15 UMA.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Prohibido sostener el teléfono al conducirUso del teléfono móvil al conducir un coche | Sí [1] |
| Uso con manos libresUso del teléfono móvil al conducir un coche | Permitido con límites [2] |
| Multa por una primera infracción (importe más bajo cuando se aplica un intervalo)Uso del teléfono móvil al conducir un coche | 1.173,10 MXN por por infracción [1] |
| Puntos de sanción en el permisoUso del teléfono móvil al conducir un coche | ⚠ Por verificar |
| Mensajes de texto al conducirUso del teléfono móvil al conducir un coche | La ley estatal exige que las normas de tránsito prohíban manipular teléfonos móviles u otros dispositivos y hablar, leer o enviar mensajes de texto en cualquier dispositivo electrónico mientras se conduce, salvo que se use tecnología de manos libres mediante un soporte que no obstruya la visibilidad. [2] |
Notas
- El artículo 25 fracción XLIV del reglamento estatal (Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, Periódico Oficial del 8 de septiembre de 2025, en vigor al día siguiente) prohíbe a los conductores manipular dispositivos de telecomunicación y teléfonos móviles con una o ambas manos. La fracción XLVI prohíbe los audífonos o un dispositivo que cubra ambos oídos. La copia del Orden Jurídico Poblano se leyó mediante una copia de Internet Archive del 8 de diciembre de 2025.
- El artículo 123 fracción V de la ley estatal de movilidad exige que las normas de tránsito prohíban manipular teléfonos, hablar, leer o enviar mensajes en cualquier dispositivo electrónico, salvo con tecnología de manos libres mediante un soporte que no obstruya la visibilidad. El reglamento de 2025 prohíbe manipular dispositivos con la mano y no repite la excepción.
- El tabulador (artículo 110) fija de 10 a 15 UMA por manipular dispositivos con la mano (artículo 25 XLIV) y de 12 a 15 UMA por usar teléfonos u objetos que dificulten la conducción (artículo 25 XXV). Se muestra el importe más bajo con la UMA de 2026 de MXN 117,31, que cambia cada febrero.
- No se encontró un sistema de puntos en el permiso para esta infracción en el texto estatal leído.
Fuentes
- Gobierno del Estado de Puebla, Secretaría de Gobernación (Orden Jurídico Poblano): Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla (Periódico Oficial, 8 de septiembre de 2025) (Internet Archive snapshot of 8 December 2025) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
- H. Congreso del Estado de Puebla: Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla (5 December 2023, with errata of 12 January 2024) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
Más normas en Puebla
- Límites de velocidad para automóvilesZonas urbanas: 30 km/h secundarias; 50 km/h avenidas primarias · Fuera de zonas urbanas (calzada única): 80 km/h
- Edad mínima para el permiso de conducir de cocheEdad mínima para el permiso de coche: 18 para un permiso completo
- Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantilCinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanteros: Sí, todos los ocupantes · Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traseros: Sí, todos los ocupantes
Páginas relacionadas
Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.