Cinturones de seguridad y sillas infantiles en Puebla (2026)

Última revisión: 9 de octubre de 2026

En breve: Todos los ocupantes de un vehículo en la vía pública deben usar el cinturón de seguridad, y la multa por no usarlo es de 10 a 12 UMA. Los conductores no pueden llevar a nadie menor de 12 años en los asientos delanteros ni sin un sistema de retención infantil o silla de seguridad que cumpla la Norma Oficial Mexicana aplicable. Los niños de 4 a 12 años, o de menos de 1,50 m, usan un asiento elevador.

NormaQué se aplica
Sistema de retención infantil obligatorio hastaTurismosLos conductores no pueden llevar a nadie menor de 12 años sin un sistema de retención infantil o silla de seguridad que cumpla los requisitos de la Norma Oficial Mexicana (NOM) aplicable. [1]
Menores en el asiento delanteroTurismosLos conductores no pueden llevar a nadie menor de 12 años en los asientos delanteros. [1]
Silla infantil a contramarcha en el asiento delantero con airbag activoTurismos⚠ Por verificar
Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanterosTurismosSí [2]
Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traserosTurismosSí [2]
Asiento elevador hastaTurismosLos niños de 4 a 6 años (15 a 25 kg) deben usar un asiento elevador con respaldo y el cinturón de tres puntos; los niños de 6 a 12 años, o de menos de 1,50 m, viajan en el asiento trasero en un asiento elevador, que puede ser sin respaldo. [2]
Multa por no usar el cinturón de seguridadTurismos10 a 12 UMA por no usar el cinturón de seguridad o por no asegurarse de que todos los pasajeros lo usen. Llevar a un menor de 12 años en los asientos delanteros, o a un menor de 5 años en el asiento trasero sin sistema de retención infantil, se sanciona con 8 a 12 UMA. [2]

Notas

  • El artículo 26 XII de la Ley (versión del 5 de diciembre de 2023; no se comprobaron reformas posteriores) es una prohibición dirigida a los conductores. El artículo 48 del Reglamento (8 de septiembre de 2025) obliga a todos los ocupantes a usar el cinturón de seguridad y el artículo 50 establece las categorías de sistemas de retención infantil.

Fuentes

  1. H. Congreso del Estado de Puebla: Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla (versión del 5 de diciembre de 2023) (Internet Archive snapshot of 1 May 2026 of the Congress file) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
  2. Gobierno del Estado de Puebla, Secretaría de Gobernación (Orden Jurídico Poblano): Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla (Periódico Oficial, 8 de septiembre de 2025) (Internet Archive snapshot of 8 December 2025) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes

Normas nacionales que también se aplican

Estas normas se fijan a nivel nacional en México y también se aplican aquí, además de las normas anteriores. Todas las normas nacionales de México

Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanteros (Carreteras federales)Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traseros (Carreteras federales)Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Menores en el asiento delantero (Carreteras federales)En automóviles y camionetas (vagonetas), los menores de 7 años deben viajar en los asientos traseros. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Multa por no usar el cinturón de seguridad (Carreteras federales)De 20 a 25 veces la cuota diaria (cuota diaria), que el reglamento define como una UMA. La misma multa se aplica a un menor de 7 años en el asiento delantero. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Presidencia de la República))

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.