Límites de velocidad para automóviles en Yucatán (2026)

Última revisión: 9 de octubre de 2026

En breve: Donde ninguna señal fija otro límite, el reglamento establece 40 km/h en calles, 60 km/h en avenidas divididas y vías primarias, y 20 km/h en zonas escolares y de hospitales. Las carreteras estatales son de 80 km/h y el Periférico de Mérida de 90 km/h en sus carriles izquierdo y central. El reglamento fija también velocidades mínimas.

NormaQué se aplica
Zonas urbanasTurismo en vías públicas40 km/h máximo (mínimo 20 km/h) en calles cuando ninguna señal fija otro límite [1]
Zonas urbanasTurismo en vías públicas; Vías primarias que no son avenidas60 km/h máximo (mínimo 40 km/h) en vías primarias que no son avenidas [1]
Zonas urbanasTurismo en vías públicas; Zonas de escuelas, hospitales y templos, y frente a centros de reunión20 km/h máximo en zonas escolares, de hospitales y de templos y frente a centros de reunión [1]
Fuera de zonas urbanas (calzada única)Turismo en vías públicas80 km/h máximo (mínimo 60 km/h) en carreteras estatales cuando ninguna señal fija otro límite; 90 km/h máximo (mínimo 70 km/h) en el tramo Chicxulub-Uaymitún [1]
Fuera de zonas urbanas (autovía o vía rápida)Turismo en vías públicas60 km/h máximo (mínimo 40 km/h) en avenidas divididas por un camellón [1]
AutopistasTurismo en vías públicas; Periférico de MéridaPeriférico de Mérida: 90 km/h máximo (mínimo 70 km/h) en los carriles central e izquierdo; 80 km/h máximo (mínimo 60 km/h) en el carril derecho [1]
Zonas escolaresTurismo en vías públicas20 km/h máximo en zonas escolares; los conductores deben además extremar la precaución y ceder el paso a los niños. [1]

Notas

  • El art. 236 se aplica cuando ningún dispositivo de control de tránsito indica otro límite. La copia del Orden Jurídico Nacional termina con la reforma del 27 de julio de 2015; el registro de reglamentos del estado enumera una modificación posterior con fecha del 26 de mayo de 2025 que no se pudo leer. La Ley de Movilidad y Seguridad Vial (2022) mantiene aplicable el reglamento anterior hasta que se emita uno nuevo, y fija 30 km/h solo como tope para las zonas de tránsito controlado.

Fuentes

  1. Orden Jurídico Nacional (Secretaría de Gobernación), copy of the state text (Yucatán): Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán (published Diario Oficial 21 June 2011; last reform in the copy 27 July 2015) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes

Normas nacionales que también se aplican

Estas normas se fijan a nivel nacional en México y también se aplican aquí, además de las normas anteriores. Todas las normas nacionales de México

Zonas urbanas (Carreteras federales)50 km/h (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Fuera de zonas urbanas (calzada única) (Carreteras federales)100 km/h de día, 90 km/h de noche (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Fuera de zonas urbanas (autovía o vía rápida) (Carreteras federales)Según la señalización, hasta 110 km/h. Si ninguna señal fija un límite: 100 km/h de día, 90 km/h de noche. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Autopistas (Carreteras federales)Según la señalización, hasta 110 km/h. Si ninguna señal fija un límite: 100 km/h de día, 90 km/h de noche. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Zonas de obras viales (Carreteras federales)Los conductores deben obedecer las señales, los dispositivos y las banderas rojas colocados en obras en carreteras federales. Desobedecerlos se sanciona con una multa de 20 a 30 veces la cuota diaria. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))

Más normas en Yucatán

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.