Cinturones de seguridad y sillas infantiles en Tamaulipas (2026)
Última revisión: 9 de octubre de 2026
En breve: El cinturón de seguridad es obligatorio para todos los pasajeros de vehículos motorizados. Toda persona menor de 12 años, o que por su complexión lo necesite, debe viajar en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o silla de seguridad homologado. La multa mínima estatal por incumplir las obligaciones sobre el cinturón y las sillas infantiles es de 1 UMA; los municipios pueden fijar más.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanterosTurismos | Sí [1] |
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traserosTurismos | Sí [1] |
| Sistema de retención infantil obligatorio hastaTurismos | Toda persona menor de 12 años, o que por su complexión lo necesite, debe viajar en un asiento trasero con un sistema de retención infantil o silla de seguridad que cumpla la Norma Oficial Mexicana (NOM) aplicable. [1] |
| Menores en el asiento delanteroTurismos | Toda persona menor de 12 años, o que por su complexión lo necesite, debe viajar en los asientos traseros. [1] |
| Silla infantil a contramarcha en el asiento delantero con airbag activoTurismos | ⚠ Por verificar |
| Multa por no usar el cinturón de seguridadTurismos | Al menos 1 UMA (valor diario) por incumplir las obligaciones del artículo 19 Bis, que incluyen el cinturón de seguridad para todos los ocupantes y las sillas infantiles; los municipios pueden fijar multas más altas pero no más bajas. [2] |
Notas
- La Ley establece la obligación para todos los pasajeros de vehículos motorizados conforme a la Norma Oficial Mexicana (NOM) aplicable. No nombra por separado los asientos delanteros y traseros.
- Se aplican dos leyes estatales. La Ley de Tránsito (art. 19 Bis) también exige una silla infantil en los automóviles para niños menores de 3 años y coloca a los menores de 12 años en el asiento trasero; la Ley de Movilidad (art. 51) establece la norma que se muestra aquí.
Fuentes
- H. Congreso del Estado de Tamaulipas: Ley de Movilidad del Estado de Tamaulipas (documento de consulta, última reforma P.O. Extraordinario No. 15, 30 de marzo de 2026) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
- H. Congreso del Estado de Tamaulipas: Ley de Tránsito (Congress consultation document, last reform applied P.O. Extraordinario No. 38 of 5 October 2026) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
Normas nacionales que también se aplican
Estas normas se fijan a nivel nacional en México y también se aplican aquí, además de las normas anteriores. Todas las normas nacionales de México
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanteros (Carreteras federales) | Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traseros (Carreteras federales) | Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
| Menores en el asiento delantero (Carreteras federales) | En automóviles y camionetas (vagonetas), los menores de 7 años deben viajar en los asientos traseros. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
| Multa por no usar el cinturón de seguridad (Carreteras federales) | De 20 a 25 veces la cuota diaria (cuota diaria), que el reglamento define como una UMA. La misma multa se aplica a un menor de 7 años en el asiento delantero. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Presidencia de la República)) |
Más normas en Tamaulipas
- Límites de velocidad para automóvilesZonas urbanas: 30 km/h secundarias; 50 km/h avenidas primarias · Fuera de zonas urbanas (calzada única): 80 km/h
- Edad mínima para el permiso de conducir de cocheEdad mínima para el permiso de coche: 18 para un permiso completo
- Uso del teléfono móvil al conducirProhibido sostener el teléfono al conducir: Banned
- Límites de alcohol al volanteLímite de alcohol en sangre para conductores ordinarios: 0,08 % (0,4 mg/l en aire espirado)
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.