Límites de velocidad de los automóviles en Guerrero (2026)

Última revisión: 9 de octubre de 2026

En breve: La ley de movilidad de Guerrero fija máximos de 50 km/h en avenidas primarias y tramos urbanos de carreteras estatales y de 30 km/h en calles secundarias y terciarias. Las carreteras estatales fuera de las zonas urbanas están limitadas a 80 km/h, al igual que los carriles centrales de las avenidas de acceso controlado. Ninguna intersección puede tener una velocidad de operación superior a 50 km/h.

NormaQué se aplica
Zonas urbanasTurismo en vías públicas50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado y en carreteras estatales dentro de las zonas urbanas [1]
Zonas urbanasTurismo en vías públicas; Calles secundarias y calles terciarias30 km/h en calles secundarias y calles terciarias [1]
Fuera de zonas urbanas (calzada única)Turismo en vías públicas80 km/h en carreteras estatales fuera de las zonas urbanas [1]
Fuera de zonas urbanas (autovía o vía rápida)Turismo en vías públicas⚠ Por verificar
AutopistasTurismo en vías públicas; Carriles centrales de avenidas de acceso controlado80 km/h en los carriles centrales de las avenidas de acceso controlado [1]
AutopistasTurismo en vías públicas; Carreteras y autopistas de jurisdicción federal110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de carga en carreteras y autopistas de jurisdicción federal [1]

Notas

  • El art. 53 enumera las medidas mínimas de seguridad vial que deben incluir los reglamentos de tránsito estatales y municipales; las velocidades de la fracc. III se establecen como máximos que no deben superarse, y el inciso f) añade que ninguna intersección puede tener una velocidad de operación superior a 50 km/h en ningún acceso. No se comprobaron los reglamentos de tránsito estatales y municipales ni las señales.

Fuentes

  1. H. Congreso del Estado de Guerrero: Ley número 849 de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Guerrero (consolidated text; last modification P.O. No. 21 Alcance III, 13 March 2026; original P.O. No. 65 Alcance II, 13 August 2024) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes

Normas nacionales que también se aplican

Estas normas se fijan a nivel nacional en México y también se aplican aquí, además de las normas anteriores. Todas las normas nacionales de México

Zonas urbanas (Carreteras federales)50 km/h (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Fuera de zonas urbanas (calzada única) (Carreteras federales)100 km/h de día, 90 km/h de noche (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Fuera de zonas urbanas (autovía o vía rápida) (Carreteras federales)Según la señalización, hasta 110 km/h. Si ninguna señal fija un límite: 100 km/h de día, 90 km/h de noche. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Autopistas (Carreteras federales)Según la señalización, hasta 110 km/h. Si ninguna señal fija un límite: 100 km/h de día, 90 km/h de noche. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))
Zonas de obras viales (Carreteras federales)Los conductores deben obedecer las señales, los dispositivos y las banderas rojas colocados en obras en carreteras federales. Desobedecerlos se sanciona con una multa de 20 a 30 veces la cuota diaria. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación))

Más normas en Guerrero

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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.