Cinturones de seguridad y sillas infantiles en Sonora (2026)
Última revisión: 9 de octubre de 2026
En breve: El conductor y sus acompañantes deben usar el cinturón de seguridad mientras el vehículo esté en movimiento. Los niños menores de 6 años deben viajar en el asiento trasero en una silla de seguridad infantil. La multa se fija en la ley de ingresos de cada municipio.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanterosTurismos | Sí [1] |
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traserosTurismos | Sí [1] |
| Sistema de retención infantil obligatorio hastaTurismos | Los niños menores de 6 años deben viajar en una silla de seguridad infantil, sujeta con el cinturón de seguridad para adultos conforme a las instrucciones de los fabricantes del vehículo y de la silla. [1] |
| Menores en el asiento delanteroTurismos | Los niños menores de 6 años deben viajar en el asiento trasero del vehículo. [1] |
| Silla infantil a contramarcha en el asiento delantero con airbag activoTurismos | ⚠ Por verificar |
| Multa por no usar el cinturón de seguridadTurismos | La Ley no fija ningún importe: la multa por no usar el cinturón de seguridad se establece en la ley de ingresos de cada municipio, con base en la Ley. [1] |
Notas
- El artículo 108 hace obligatorio el cinturón de seguridad para el conductor y para sus acompañantes (acompañantes) mientras el vehículo esté en movimiento; no nombra por separado los asientos delanteros y traseros. El artículo 236 c) prevé una multa por no usar el cinturón o por llevar niños menores de 6 años en los asientos delanteros sin los requisitos de seguridad.
Fuentes
- Congreso del Estado de Sonora: Ley de Tránsito del Estado de Sonora (versión vigente, fecha 12 de diciembre de 2025) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
Normas nacionales que también se aplican
Estas normas se fijan a nivel nacional en México y también se aplican aquí, además de las normas anteriores. Todas las normas nacionales de México
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanteros (Carreteras federales) | Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traseros (Carreteras federales) | Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
| Menores en el asiento delantero (Carreteras federales) | En automóviles y camionetas (vagonetas), los menores de 7 años deben viajar en los asientos traseros. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
| Multa por no usar el cinturón de seguridad (Carreteras federales) | De 20 a 25 veces la cuota diaria (cuota diaria), que el reglamento define como una UMA. La misma multa se aplica a un menor de 7 años en el asiento delantero. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Presidencia de la República)) |
Más normas en Sonora
- Edad mínima para el permiso de conducir de cocheEdad mínima para el permiso de coche: 18 (permiso desde los 16)
- Edad para beber y venta de alcoholEdad mínima para comprar cerveza y vino: 18 · Edad mínima para comprar licores: 18
Páginas relacionadas
Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.