Cinturones de seguridad y sillas infantiles en Quintana Roo (2026)
Última revisión: 9 de octubre de 2026
En breve: Los conductores deben usar el cinturón de seguridad, al igual que todos los ocupantes de los automóviles. Cuando se transporta a un niño menor de 5 años se exige una silla infantil, y los menores deben colocarse en el asiento trasero.
| Norma | Qué se aplica |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanterosTurismos | Sí [1] |
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traserosTurismos | Sí [1] |
| Sistema de retención infantil obligatorio hastaTurismos | Cuando se transporta a uno o más niños menores de 5 años, el conductor debe usar sillas porta infantes. [1] |
| Menores en el asiento delanteroTurismos | Los conductores deben colocar a los menores en el asiento trasero del vehículo. La Ley no indica edad ni estatura para ello. [1] |
| Silla infantil a contramarcha en el asiento delantero con airbag activoTurismos | ⚠ Por verificar |
Notas
- El artículo 218 VIII dice que los conductores deben colocar a los menores en el asiento trasero del vehículo y no indica edad ni estatura. La obligación de usar el cinturón de la fracción VI se aplica al conductor y a todos los ocupantes de automóviles, públicos o particulares, sin nombrar por separado los asientos delanteros y traseros.
Fuentes
- H. Congreso del Estado de Quintana Roo: Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo (última reforma publicada en el Periódico Oficial el 5 de marzo de 2026) (Internet Archive copy of the Congress file, 2026) (consultada 9 de octubre de 2026) · todas las fuentes
Normas nacionales que también se aplican
Estas normas se fijan a nivel nacional en México y también se aplican aquí, además de las normas anteriores. Todas las normas nacionales de México
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos delanteros (Carreteras federales) | Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
|---|---|
| Cinturón de seguridad obligatorio en los asientos traseros (Carreteras federales) | Sí (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
| Menores en el asiento delantero (Carreteras federales) | En automóviles y camionetas (vagonetas), los menores de 7 años deben viajar en los asientos traseros. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Secretaría de Gobernación)) |
| Multa por no usar el cinturón de seguridad (Carreteras federales) | De 20 a 25 veces la cuota diaria (cuota diaria), que el reglamento define como una UMA. La misma multa se aplica a un menor de 7 años en el asiento delantero. (fuente: Diario Oficial de la Federación (Presidencia de la República)) |
Más normas en Quintana Roo
- Límites de velocidad para automóvilesZonas urbanas: 40 km/h
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Información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian: consultar la fuente oficial antes de volar o circular.